lunes, 4 de octubre de 2010

El Proceso Legislativo Mexicano

El proceso Legislativo Mexicano


El proceso legislativo Mexicano está regulado por los Artículos 71 y 72 de la Constitución Federal y consta de seis etapas, a saber: iniciativa, discusión, aprobación, sanción, publicación e iniciación de la vigencia.
Iniciativa: Una iniciativa de Ley Federal solamente puede ser presentada a las Cámaras por el presidente de la República, los Disputados y Senadores al Congreso de la Unión y las Legislaturas de los Estados.
Discusión: Es el acto por el cual las cámaras deliberan un proyecto de Ley con el fin de determinar si debe ser aprobado o rechazado.  
Aprobación: Es el acto por el cual las cámaras aceptan un proyecto de ley, la aprobación puede ser total o parcial, También puede ser una aprobación llana o modificada, pues las cámaras pueden aceptarlo totalmente o hacerle las modificaciones, supervisiones o adiciones que consideren convenientes pues no es otra índole de su función legisladora.
Sanción: Es el acto por el cual el presidente de la República otorga su aprobación al proyecto de Ley que ya fue discutido y aprobado previamente por ambas cámaras. La sanción no puede ser anterior. Tampoco es obligatoria: el presidente puede vetarlo.
Publicación: Es el acto por el cual la ley ya Aprobada y sancionada se da a conocer a quienes deben cumplirla. La población se hace en el llamado Diario Oficial de la Federación.
Vacatio Legis: Es el termino que media entre la publicacion de una Ley y su iniciación de vigencia. Expresado en otro giro: es el lapso de tiempo  razonable que debe mediar entre la publicación y la iniciación de la vigencia de una ley que permita conocer a quien va dirigida para que pueda acatarla o impugnarla por los medios legales. 
Iniciación: de la vigencia: Es la fase final del proceso legislativo mediante el cual una ley empieza a tener vigencia para todos.  

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